Alfabetización en materia de IA
Definición
La obligación del artículo 4: garantizar que quien usa o supervisa sistemas de IA en tu nombre tenga un nivel suficiente para entender qué hace la herramienta, dónde falla y cuándo revisar su salida. Vigente desde el 2 de febrero de 2025. Lo exigible es que la formación encaje con el puesto y con el riesgo del sistema. El reglamento no fija horas, temario ni certificado.
Analogía
Se parece a la formación en prevención de riesgos laborales: nadie te exige un título concreto, te exigen poder demostrar que quien maneja la máquina sabía manejarla.
Ejemplo
En una inspección no se pregunta qué curso compraste, se pregunta quién recibió qué formación, cuándo y con qué relación con su puesto. Ese registro es la prueba.