AI Act · Actualizado a 12 de agosto de 2026
Calendario de aplicación del AI Act
Todas las fechas del Reglamento (UE) 2024/1689, con los aplazamientos que introdujo el Ómnibus digital de julio de 2026.
Respuesta rápida
¿Qué fechas del AI Act obligan ya y cuáles se han aplazado?
Están en vigor las prácticas prohibidas y la alfabetización en IA (desde el 2 de febrero de 2025), las reglas de modelos de uso general (desde el 2 de agosto de 2025) y la aplicación general con las obligaciones de transparencia (desde el 2 de agosto de 2026). El Reglamento (UE) 2026/1744 aplazó los sistemas de alto riesgo del Anexo III al 2 de diciembre de 2027 y los del Anexo I al 2 de agosto de 2028.
Ya en vigor
4 tramos exigibles hoy. La AESIA puede inspeccionar y sancionar su incumplimiento desde el 2 de agosto de 2026.
- En vigor
Entra en vigor el Reglamento de IA
Se publica el Reglamento (UE) 2024/1689 y empieza a contar el calendario de aplicación. Casi ninguna obligación es exigible todavía: la norma se despliega por tramos durante los cuatro años siguientes.
A quién afecta: Nadie de forma inmediata. Marca el inicio del periodo de adaptación.
Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea (EUR-Lex) - En vigor Arts. 4 y 5
Prácticas prohibidas y alfabetización en IA
Quedan prohibidos usos como la puntuación social, el reconocimiento de emociones en el trabajo y en centros educativos, o la manipulación que explota vulnerabilidades. En paralelo, el artículo 4 obliga a garantizar que el personal tenga un nivel suficiente de competencia en IA.
A quién afecta: Toda organización que desarrolle o utilice sistemas de IA, sin umbral de tamaño ni de sector. El artículo 4 alcanza también a quien solo usa herramientas de terceros.
Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea (EUR-Lex) - En vigor
Modelos de uso general, gobernanza y régimen sancionador
Entran en juego las obligaciones para los modelos de IA de uso general, se constituye la estructura de gobernanza europea y los Estados miembros deben designar autoridades y fijar sus sanciones.
A quién afecta: Quien desarrolla o comercializa modelos de uso general, y las administraciones que tienen que montar la supervisión.
Fuente: Comisión Europea - En vigor Art. 50
Aplicación general y obligaciones de transparencia
El reglamento pasa a aplicarse con carácter general. Hay que avisar a la persona de que está interactuando con un sistema de IA, y el contenido sintético (texto, imagen, audio y vídeo) debe ir marcado de forma legible por máquina. En España, la AESIA queda habilitada para inspeccionar, requerir pruebas y sancionar.
A quién afecta: Cualquier organización con un chatbot, un asistente de atención al cliente o contenido generado con IA de cara al público.
Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea (EUR-Lex)
Aplazado
2 tramos movidos por el Ómnibus digital. El aplazamiento da margen para preparar la documentación, y no cambia el contenido de la obligación.
- Aplazado Anexo III
Sistemas de alto riesgo del Anexo III
Sistema de gestión de riesgos, gobernanza de datos, documentación técnica, registro de eventos, supervisión humana y registro en la base de datos europea. El Ómnibus digital retrasó esta fecha dieciséis meses.
A quién afecta: Quien usa IA en selección de personal, evaluación crediticia, educación, servicios esenciales, migración o justicia.
Fecha original: 2 de agosto de 2026. Movida por el Reglamento (UE) 2026/1744.
Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea (EUR-Lex) - Aplazado Anexo I
IA integrada en productos regulados del Anexo I
Mismas exigencias de alto riesgo para la IA incorporada a productos que ya tienen legislación sectorial propia. El Ómnibus digital retrasó esta fecha doce meses.
A quién afecta: Fabricantes de productos sanitarios, maquinaria, automoción, ascensores, juguetes y equipos de radio, entre otros.
Fecha original: 2 de agosto de 2027. Movida por el Reglamento (UE) 2026/1744.
Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea (EUR-Lex)
Qué hacer con este calendario
Las fechas aplazadas tientan a esperar. El problema es que la parte que sí obliga hoy (formar al personal y declarar el uso de IA) es también la que más tiempo tarda en implantarse, porque depende de personas y no de documentación.
Empieza por el artículo 4, que lleva vigente desde febrero de 2025 y ya es sancionable, y comprueba después qué obligaciones te corresponden según el papel de tu empresa.
Fuentes oficiales
- Diario Oficial de la Unión Europea (EUR-Lex) — Reglamento (UE) 2024/1689 — Reglamento de Inteligencia ArtificialTexto completo en español. CELEX 32024R1689.
- Diario Oficial de la Unión Europea (EUR-Lex) — Reglamento (UE) 2026/1744, de 8 de julio de 2026 — Ómnibus digital sobre IAModifica el Reglamento (UE) 2024/1689. Publicado el 24 de julio de 2026, en vigor desde el 27 de julio de 2026.
- Comisión Europea — Ley de IA — marco regulador europeoPágina oficial de referencia, con calendario y material divulgativo.