AI Act · España · Actualizado a 12 de agosto de 2026
La AESIA y el AI Act en España
España fue el primer país de la Unión Europea en crear una agencia estatal dedicada a supervisar la inteligencia artificial. Desde agosto de 2026 puede inspeccionar y sancionar.
Respuesta rápida
¿Quién vigila el cumplimiento del AI Act en España?
La AESIA, la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial, con sede en A Coruña. Desde el 2 de agosto de 2026 puede inspeccionar, requerir pruebas y abrir expedientes sancionadores. Cuando el sistema de IA trata datos personales, la Agencia Española de Protección de Datos mantiene su competencia sobre esa parte.
Qué puede hacer la AESIA
Actúa como autoridad de vigilancia del mercado para los sistemas de IA. Puede requerir documentación, inspeccionar, ordenar la retirada de un sistema del mercado español y tramitar sanciones. También le corresponde impulsar el entorno controlado de pruebas, donde una empresa puede ensayar un sistema de alto riesgo bajo supervisión antes de lanzarlo.
En la práctica, la primera petición de una inspección suele ser documental: qué sistemas usas, para qué, y qué formación recibió quien los maneja.
El reparto con la AEPD
Un mismo sistema puede activar las dos normas a la vez. Si una herramienta de IA criba currículos, el AI Act mira el sistema y su supervisión humana, y el RGPD mira el tratamiento de los datos de los candidatos. Son expedientes distintos ante autoridades distintas, y cumplir con una no cubre la otra.
Importe de las sanciones
| Infracción | Multa máxima | O porcentaje |
|---|---|---|
| Usar una práctica prohibida del artículo 5 | 35 millones de euros | 7 % del volumen de negocio mundial del ejercicio anterior |
| Incumplir otras obligaciones del reglamento, incluidas las de transparencia y alto riesgo | 15 millones de euros | 3 % del volumen de negocio mundial del ejercicio anterior |
| Facilitar información incorrecta, incompleta o engañosa a las autoridades | 7,5 millones de euros | 1 % del volumen de negocio mundial del ejercicio anterior |
Se aplica la cifra más alta de las dos. Para pymes se toma la más baja.
Qué mirar primero
Las cifras de la tabla llaman la atención, y los importes máximos se reservan para las prácticas prohibidas, que casi ninguna empresa española va a cometer. El riesgo realista está en las obligaciones que ya son exigibles y se pasan por alto: la formación del artículo 4 y el aviso de que hay una IA respondiendo. Revisa antes qué obligaciones te corresponden por tu papel.
Fuentes oficiales
- Gobierno de España — AESIA — Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia ArtificialAutoridad competente en España. Sede en A Coruña.
- Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública — España DigitalEstrategia nacional y actualidad normativa.
- Agencia Española de Protección de Datos — AEPD — protección de datos e inteligencia artificialCompetente cuando el sistema de IA trata datos personales.
- Diario Oficial de la Unión Europea (EUR-Lex) — Reglamento (UE) 2024/1689 — Reglamento de Inteligencia ArtificialTexto completo en español. CELEX 32024R1689.